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Población.02 Alta en el Padrón municipal de habitantes para personas procedentes de otros municipios o del extranjero v_3_0

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Población.02 Alta en el Padrón municipal de habitantes para personas procedentes de otros municipios o del extranjero v_3_0

A partir del día 19/05/2024

El trámite se puede realizar por internet o presencialmente en una OAC (oficinas de atención a la ciudadanía) con cita previa.
No requieren cita previa, por tanto se puede acudir a una OAC directamente: bajas, altas por nacimientos, renovaciones de caducidad de extranjeros no comunitarios y cambios de datos personales.
 

MUY IMPORTANTE: Hoja informativa (requisitos de empadronamiento presencial y por internet)

Para más información: Población.02 - Alta en el Padrón Municipal de Habitantes para personas procedentes de otros municipios o del extranjero

PRESENTACIÓN DEL TRÁMITE DE FORMA TELEMÁTICA

Para iniciar el trámite se ha se clicar en el  botón inferior "Nueva instancia"

Normativa

Reglamento de población y demarcación territorial, modificado por R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre, modificado por el RD 141/2024 del 6 de febrero.

Resolución de 29/04/2020 de la Subsecretaria, por la cual se publica la resolución de 17 de febrero de 2020 de la presidencia del INE, por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal (BOE 02/05/2020).

Requisitos técnicos

Por internet:

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
AJUNTAMENT DE PALMA - P0704000I
Plaça de Cort, 1
07001 Palma
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