Procedimiento que permite a una persona interesada iniciar un trámite para participar en una convocatoria de concurso de provisión definitivo de Policía Local del Ajuntament de Palma.
Personas aspirantes al proceso del concurso de provisión definitivo de Policía Local convocado por el Ajuntament de Palma.
Por internet, con certificado electrónico a través de la Sede electrónica del Ayuntamiento de Palma
Para iniciar el trámite pulse el botón "Nueva instancia"
Departament de Selecció i provisió de Recursos humans. Servicio de Planificación y Provisión.
A petición de la persona interesada
Para poder formar parte de esta convocatoria las personas candidatas deben cumplir los siguientes requisitos referidos a la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias deben mantenerse durante todo el procedimiento del concurso:
• Inscripción del portal de personal
• Los requisitos y los méritos correspondientes al personal funcionario de la Administración del ayuntamiento de Palma, deben acreditarse en la siguiente forma y deben estar referidos a la fecha en que termina el plazo para presentar solicitudes::
a) Los requisitos se acreditan con los documentos que constan en el expediente personal.
b) La Administración debe incorporar de oficio en el expediente del concurso un extracto de los méritos que figuran en el expediente personal de cada persona aspirante, con referencia al último día del plazo para la presentación de solicitudes.
c) Cumplir las condiciones generales exigidas y los requisitos de ocupación establecidos en la Relación de puestos de trabajo para los puestos a los que aspire y los expresamente exigidos en la convocatoria.
d) Tener el nivel B2 de conocimientos de lengua catalana, en el caso de puestos que lo tengan establecido como requisito en la Relación de puestos de trabajo, de conformidad con lo que establece el artículo 3.b) del Decreto 11/2017. Los certificados serán los expedidos por la Escuela Balear de Administración Pública, o los expedidos u homologados por la Consejería competente en materia de política lingüística, o los reconocidos según la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud.
e) Las personas candidatas deben acreditar el cumplimiento de los requisitos y de los méritos alegados que no son susceptibles de inscripción en el expediente personal mediante la presentación de los documentos de los certificados o títulos correspondientes, los que se han de adjuntar a la solicitud. También los servicios prestados en otras administraciones como personal funcionario, expedido por la administración correspondiente, con la expresión de la fecha de inicio y de terminación, el cuerpo, la escala o la especialidad y el nivel del puesto ocupado.
f) Las personas interesadas también pueden adjuntar a la solicitud el original o una fotocopia compulsada de la documentación que consideran pertinente para completar o aclarar aquellos certificados o títulos que figuran en el expediente personal o que han acreditado con la solicitud, cuando corresponda, y que pueden plantear dudas en las comisiones técnicas sobre la procedencia de valorarlos.
Regiduría de Hacienda, Función Pública y Gobierno Interior.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente.
En caso de convocatorias múltiples, los aspirantes tendrán que indicar en la solicitud la orden de preferencia en los puestos de trabajo convocados. Su omisión, después del requerimiento de enmienda por 10 días, supondrá la exclusión del aspirante en el concurso.
serveideprovisio@palma.cat
Por internet: